Derechos y obligaciones de un miembro de una cooperativa de vivienda

La tarea de cada cooperativa de vivienda es realizar actividades para el bien común de sus miembros. El buen funcionamiento de una cooperativa requiere el trabajo coordinado de todos los órganos de toma de decisiones. Vale la pena saber que cada socio de una cooperativa de vivienda tiene un catálogo de derechos y obligaciones. Describiremos su alcance y fuentes legales en el artículo siguiente.

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Fuentes de derechos y obligaciones de un miembro de una cooperativa de vivienda

La base de los derechos y obligaciones de un miembro de una cooperativa de vivienda son las disposiciones de la Ley del 15 de diciembre de 2000 sobre cooperativas de vivienda. Un acto legal importante que impone un catálogo de derechos y obligaciones es también la Ley de Cooperativas del 16 de septiembre de 1982. Las disposiciones contenidas en estas leyes son la base para el establecimiento del estatus de cooperativa. El estatuto es un acto legal adicional que regula las tareas, la estructura organizativa y la especificidad del funcionamiento de la cooperativa. Vale la pena señalar que todos los derechos y obligaciones de un miembro de la cooperativa deben especificarse en las disposiciones legales.

Quién puede convertirse en miembro de una cooperativa de vivienda

La respuesta a esta pregunta está contenida en las disposiciones del Art. 3 de la Ley de cooperativas de vivienda. Una persona física puede ser miembro de una cooperativa, incluso si no tiene capacidad legal, o esta actividad sería limitada. También pueden ser miembros personas jurídicas. Sin embargo, con la salvedad de que no tienen derecho de cooperativa, inquilino a un piso.

Un miembro de una cooperativa de vivienda puede ser cualquier persona que:

  • Tiene derecho de propiedad cooperativa sobre bienes inmuebles.
  • Tiene derecho cooperativo e inquilino a la propiedad inmobiliaria.

El derecho a ser miembro de una cooperativa de vivienda también lo tiene el cónyuge del propietario del apartamento.

En febrero de 2015, el Tribunal Constitucional dictaminó que un socio de una cooperativa de vivienda no puede ser cualquier persona que no tenga derecho a un piso.

Derechos básicos de un miembro de una cooperativa de vivienda

Todos los miembros de la cooperativa tienen derechos sobre la base de la igualdad. A continuación enumeramos los más importantes:

Participación en una junta general o reuniones de miembros de una cooperativa de vivienda. Cada miembro de la cooperativa debe participar personalmente (a menos que el estatuto permita el nombramiento de un apoderado). Durante la votación, cada miembro tiene un voto, independientemente del valor de las acciones cooperativas que posea. Un miembro de una cooperativa puede presentar proyectos de resolución y enmiendas a las resoluciones existentes. También tiene derecho a elegir y ser elegido para los órganos de gobierno de la cooperativa.

Cada miembro de la cooperativa también tiene derecho a convocar una asamblea general, y se requiere la aprobación de al menos 1/10 de los miembros. En la junta general, podrá solicitar la consideración de solicitudes relacionadas con las actividades de la cooperativa.

Un privilegio importante es también la posibilidad de utilizar los beneficios de la cooperativa, que se describen en el estatuto. Cada socio también tiene derecho a darse de baja y tener acceso a los documentos internos de la cooperativa (estatutos, informes de depuración, estados financieros, contratos celebrados con terceros, acuerdos establecidos por la junta directiva de la cooperativa, etc.).

Deberes de un miembro de la cooperativa

El deber principal es cumplir con los derechos contenidos en los actos legales y el estatuto de la cooperativa. Cada miembro debe cuidar el bien de la cooperativa y permitirle llevar a cabo sus tareas estatutarias. Es irrenunciable el pago de la tasa de inscripción. Su monto varía en función de la cooperativa. Sin embargo, la Ley de Asociaciones de Vivienda estipula que el monto máximo de la tasa de entrada no puede exceder el valor del salario más bajo anunciado por el Ministro de Trabajo.

Una persona que solicita un derecho cooperativo a la vivienda debe realizar una contribución para la vivienda. Su monto depende de los registros de estado.

Otra obligación se refiere a la cobertura oportuna de los costos que surjan como resultado de:

  • Funcionamiento del local (recolección de basura, entrega de servicios públicos).
  • Operación de la parte común de la propiedad (por ejemplo, iluminación de escaleras)
  • Explotación de un inmueble propiedad de una cooperativa (estos costes incluyen el mantenimiento de plazas o un parque infantil).

Las tarifas deben pagarse a tiempo y también deben aplicarse a todos los propietarios que no sean miembros de la asociación de viviendas. El monto de las tarifas es el mismo para todas las personas con derecho a bienes inmuebles (sean o no miembros de una cooperativa).

Obligación de proporcionar el local

Cada socio de la cooperativa y el propietario del local está obligado a poner a disposición su propiedad en las situaciones previstas en el Art. 6 de la Ley de cooperativas de vivienda. Las situaciones mencionadas incluyen:

Avería que causa daños o es probable que cause daños. En este caso, el propietario está obligado a poner a disposición el local para eliminar el daño (y solo durante la duración de las reparaciones).

Previo acuerdo de la fecha de puesta a disposición del local en el caso de:

  • Inspecciones periódicas del estado técnico del local.
  • Determinar el alcance de las obras y su ejecución.
  • Realizar una inspección técnica ad hoc del local.
  • Actuación sustitutiva de las cooperativas de trabajo que incumbe al propietario del local (independientemente de que sea socio de la cooperativa o no).

La obligación de dotación del local incluye también la necesaria renovación, reconstrucción o modernización del edificio por parte de las cooperativas.

Obligación de salir del local

Después de la expiración del título legal del apartamento, el residente está obligado a abandonarlo (independientemente de si era miembro de una cooperativa de vivienda). El plazo legal para abandonar el local debe especificarse en los estatutos de la cooperativa. Sin embargo, según el artículo 7 de la Ley de asociaciones de vivienda, el plazo no puede ser inferior a tres meses. La cooperativa no tiene que organizar un apartamento sustituto. Su única obligación será la liquidación con un miembro de la cooperativa, el pago de la tasa de inscripción, así como el pago de todas las deudas pendientes.

¿Qué más vale la pena recordar?

Los derechos y obligaciones mencionados anteriormente de un miembro de una cooperativa de vivienda no constituyen una lista completa. Algunos privilegios y obligaciones resultan directamente del estatuto de la cooperativa o de sus resoluciones internas. Por eso vale la pena familiarizarse con sus registros. También debemos recordar que algunas obligaciones (especialmente financieras) también se aplican a todos los propietarios del local que no sean socios de la cooperativa. El desconocimiento de las obligaciones impuestas por las cooperativas no les exime de cumplirlas.

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